La jueza que envió España a Europa, María Elósegui, ha emitido un voto particular, porque los cristianos tienen derecho a que no se les ofenda.
Desde la base, una ofensa es, según la primera acepción de la R.A.E.:
"Humillar o herir el amor propio o la dignidad dealguiEn, o ponerlo en evidencia con palabras o con hechos"
De acuerdo: acepto que no se debe humillar o herir el amor propio de alguien de forma continuada cuando se hace con esa intención. Otra cosa es esa gente que ofende tan fácilmente por carencias de personalidad propias.
Acepto que además es peor si la ofensa es contra un grupo, por sus ideas o cualidades que lo caracterizan.
Gracias María, las Pussy Root se merecen esa multa.
Aclarado esto, ahora habría que multar también a María por sus ofensas al colectivo homosexual, con el agravante de estar en un cargo público y dejadez de sus obligaciones implícitas a dicho cargo.
¿Qué multa le ponemos a María Elósegui? Sigo esperando.
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